Un reciente informe de la Contraloría General de la República reveló que la Municipalidad Provincial de Urubamba contrató de manera irregular al proveedor G. V. H. P. durante el año 2023, por un monto total de S/ 30 500,00.
La auditoría determinó que el ciudadano se encontraba legalmente impedido de contratar con el Estado por mantener un vínculo de parentesco en primer grado de afinidad (yerno) con un magistrado quien en dicho periodo ejercía el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Cusco, entidad cuya competencia territorial abarca formalmente a la provincia de Urubamba.De acuerdo con el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 061-2026-2-0392-AOP, el Órgano de Control Institucional (OCI) verificó el otorgamiento de dos órdenes de servicio a favor de la persona. La primera, emitida el 19 de abril de 2023 por S/ 29 000,00, estuvo destinada a la formulación del expediente técnico para el proyecto de movilidad urbana en el Jirón Palacio del Centro Poblado Urubamba; mientras que la segunda, del 23 de noviembre de 2023 por S/ 1 500,00, se enfocó en la capacitación de agentes de tránsito locales. Ambos servicios fueron completamente procesados y pagados por la comuna provincial de Urubamba entre los meses de julio y diciembre de ese mismo año.La investigación de la comisión de control dejó en evidencia el factor dolo en el proceso, al constatar que el proveedor suscribió y presentó declaraciones juradas de inexistencia de impedimento (Anexo N° 10 y Formato N° 4) ante la Unidad de Logística de la entidad pública.
En estos documentos informáticos y físicos, el ciudadano manifestó expresamente no encontrarse comprendido en las prohibiciones del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, ocultando de forma deliberada su relación de parentesco con el alto magistrado del Poder Judicial y vulnerando los principios de transparencia, integridad y legalidad que rigen la administración pública.
Además la Contraloría detalla de manera específica que en el Anexo N° 10, correspondiente a la Declaración Jurada para Personas Naturales presentada por el proveedor el 19 de abril de 2023, el ciudadano marcó con una "X" la opción "NO" en el recuadro que le consultaba si se encontraba inhabilitado para contratar con el Estado de forma definitiva, temporal, ni preferentemente, conforme lo establece el Artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Asimismo, el informe constata que esta declaración jurada, vinculada directamente a la Orden de Servicio N° 0000322, fue remitida posteriormente mediante el Informe N° 088-2024-FMAS-UT/GA del 2 de mayo de 2024 y sirvió como sustento para proceder con la emisión del Comprobante de Pago N° 3340 con fecha 7 de julio de 2023, consolidando así el trámite administrativo y el cobro del servicio a pesar de la prohibición legal vigente.
